Legislación › Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura.
Artículo 18.
Artículo 18.
Las ponencias tendrán por cometido el estudio de los temas que le sean encomendados por el Pleno o la Comisión Permanente. Su número, composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.


