Legislación › Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura.
Artículo 19.
Artículo 19.
El Secretario general del Consejo Escolar de Extremadura será nombrada por el Consejero de la Junta de Extremadura competente por razón de la materia, de entre quienes ostenten la condición de funcionarios, oído el Presidente del Consejo Escolar de Extremadura.


