LexTotal

Legislación › Real Decreto 936/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el ejercicio permanente en España de la profesión de abogado con título profesional obtenido en otro estado miembro de la Unión Europea.

CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV

Normas aplicables a los abogados que ejerzan permanentemente con título español en otros Estados miembros

← Artículo 22 Índice Artículo 23 →