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Legislación › Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra.

Artículo 26. Vigencia del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Artículo 26. Vigencia del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal por el que se autorice la implantación de un gran establecimiento comercial tendrá vigencia indefinida, con la única excepción regulada en el artículo siguiente.

Se modifica por el art. 7.5 de la Ley Foral 6/2010, de 6 de abril. BOE-A-2010-8422.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de abril de 2010 En vigor BOE-A-2010-8422 Leer Qué cambió
17 de julio de 2001 Texto original Leer

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