Legislación › Ley 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos.
Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.
Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.
1. Las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos en los términos y con las condiciones que establecen la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el resto de normativa de aplicación.
2. Las administraciones públicas y los archivos integrantes del Sistema de Archivos de Cataluña han de dotarse de los recursos y medios técnicos necesarios para facilitar a los ciudadanos el ejercicio del derecho de acceso a los documentos.
Se modifica por el art. 8 de la Ley 20/2015, de 13 de julio. BOE-A-2015-9679.
Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria.1.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-470.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9679 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2015 | BOE-A-2015-470 | Leer | Qué cambió |
| 13 de agosto de 2001 | Texto original | Leer |


