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Legislación › Ley 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos.

Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.

Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.

1. Las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos en los términos y con las condiciones que establecen la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el resto de normativa de aplicación.

2. Las administraciones públicas y los archivos integrantes del Sistema de Archivos de Cataluña han de dotarse de los recursos y medios técnicos necesarios para facilitar a los ciudadanos el ejercicio del derecho de acceso a los documentos.

Se modifica por el art. 8 de la Ley 20/2015, de 13 de julio. BOE-A-2015-9679.

Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria.1.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-470.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-9679 Leer Qué cambió
30 de junio de 2015 BOE-A-2015-470 Leer Qué cambió
13 de agosto de 2001 Texto original Leer

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