Legislación › Ley 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos.
Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de agosto de 2001 y la del 30 de junio de 2015.
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Artículo 34. Acceso a los documentos públicos.
1. De forma general, todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos que forman parte de procedimientos administrativos concluidos. 1 a
2. El acceso a los documentos públicos sólo puede ser denegado en aplicación de las limitaciones legalmente establecidas. Las denegaciones del derecho de accesolos documentos públicos deben realizarse por resolución motivada. El hecho de que un documento no esté en un archivo no lo excluye de consulta pública. 3. Excepcionalmente, previo informe de la Comisión Nacional de Acceso, Evaluación y Selección Documental, la Administración de la Generalidad, las Administraciones Locales o las demás Entidades Públicas pueden, respecto a sus documentos: (Derogados).
a) Permitir el acceso a documentos excluidos de consulta pública, en casos de peticiones de acceso por intereses legítimos o científicos, preservando las situaciones protegidas por la Ley y garantizando la intimidad de las personas.
b) Denegar el acceso a documentos no excluidos de consulta pública que no hayan sido calificados expresamente como accesibles por la normativa, siempre que se considere que, de acuerdo con la Ley, perjudican intereses generales o de las personas.
4. La Comisión Nacional de Acceso, Evaluación y Selección Documental ha de establecer criterios sobre la aplicación de la normativa que rige el acceso a los documentos públicos. Al resolver las solicitudes de evaluación de documentos públicos, la Comisión debe hacer constar el régimen aplicable al acceso a los documentos que hayan de conservarse.
5. Las limitaciones a la consulta de documentos custodiados en los centros integrantes del Sistema de Archivos de Cataluña deben hacerse públicas para que los usuarios tengan conocimiento de las mismas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9679 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2015 | BOE-A-2015-470 | Leer | Qué cambió |
| 13 de agosto de 2001 | Texto original | Leer |


