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Legislación › Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.

Artículo 15. Recursos económicos y patrimonio.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de septiembre de 2001 y la del 27 de enero de 2013. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15. Actos que agotan la vía administrativa.
Ponen fin a la vía administrativa todos los actos y resoluciones del Secretario general de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-17928 Leer Qué cambió
27 de enero de 2013 BOE-A-2013-756 Leer Qué cambió
6 de septiembre de 2001 Texto original Leer

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