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Legislación › Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.

Artículo 15. Recursos económicos y patrimonio.

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Artículo 15. Actos que agotan la vía administrativa. Recursos económicos y patrimonio.
Ponen fin a la vía administrativa todos los actos 1. Los bienes y resoluciones de la Secretaría General medios económicos del Real Patronato sobre Discapacidad, son los siguientes:
a) Los bienes y valores que constituyan el patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.
b) Las transferencias y subvenciones que anualmente se consignen en los Presupuestos Generales del Estado.
c) Los ingresos
de conformidad derecho público o privado que le corresponden y, en particular, los que procedan del desarrollo de las actividades relacionadas con lo los fines del Real Patronato.
d) Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades privadas y de particulares.
e) Cualesquiera otros recursos económicos, ordinarios o extraordinarios que esté legalmente autorizado a percibir.
2. El régimen patrimonial será el
establecido en la disposición adicional decimoquinta el artículo 101 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, 40/2015, de Organización y Funcionamiento 1 de la Administración General del Estado. octubre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de septiembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-17928 Leer Qué cambió
27 de enero de 2013 BOE-A-2013-756 Leer Qué cambió
6 de septiembre de 2001 Texto original Leer

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