Legislación › Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
Disposición transitoria segunda. Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social ubicados en otras áreas de actividad.
Disposición transitoria segunda. Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social ubicados en otras áreas de actividad.
Los funcionarios del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social que, a la entrada en vigor del Reglamento que se aprueba por este Real Decreto, estuvieran desempeñando puestos de trabajo obtenidos por concurso o libre designación en áreas de actividad distintas a las que se les adscribe en exclusiva en este Real Decreto, podrán continuar desempeñando dichos puestos.
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