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Legislación › Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

Disposición transitoria tercera. Subdirección General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de la Salud.

Disposición transitoria tercera. Subdirección General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de la Salud.

En el ámbito del Instituto Nacional de la Salud, la Subdirección General de Asesoría Jurídica de esa Entidad gestora actuará como Servicio Jurídico delegado central, en los términos previstos en los artículos 1 y 9 del Reglamento que se aprueba por el presente Real Decreto, en tanto no se haya culminado el proceso de transferencias a las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.

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