Legislación › Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.
Artículo 6. Contratación del acceso a instalaciones gasistas.
Artículo 6. Contratación del acceso a instalaciones gasistas.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre. BOE-A-2015-11725.
Se modifica el apartado 8 por el art. 2.1 del Real Decreto 942/2005, de 29 de julio. BOE-A-2005-13335.
Se modifican los apartados 3 a 6, y se renumera el 6 y 7 como 7 y 8 por la disposición adicional 2 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre. BOE-A-2002-25421.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11725 | Leer | Qué cambió |
| 4 de agosto de 2005 | BOE-A-2005-13335 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2002-25421 | Leer | Qué cambió |
| 8 de septiembre de 2001 | Texto original | Leer |


