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Legislación › Ley 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley los operadores establecidos en la Comunidad Autónoma deberán presentar el Plan Territorial de Despliegue de Red.

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