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Legislación › Ley 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

Las instalaciones existentes en el momento de entrada en vigor de esta Ley se han de adecuar a sus prescripciones dentro del plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la misma.

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