Legislación › Ley 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
Disposición adicional tercera. Convenios o acuerdos con el Ministerio de Educación y Cultura.
Disposición adicional tercera. Convenios o acuerdos con el Ministerio de Educación y Cultura.
La Consejería competente en materia de Cultura establecerá con el Ministerio de Educación y Cultura todos aquellos convenios o acuerdos necesarios que permitan la mejora o ampliación de las bibliotecas y de los servicios bibliotecarios. Especial atención se prestará al patrimonio bibliográfico y a la introducción de las nuevas tecnologías.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria única →


