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Legislación › Ley 5/2001, de 17 de octubre, sobre drogodependencias y otras adicciones.

Artículo 57. Comisión Técnica y de Seguimiento del Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones.

Artículo 57. Comisión Técnica y de Seguimiento del Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones.

(Derogado).

Se deroga por el art. 36.3 de la Ley 10/2003, de 19 de diciembre. BOE-A-2004-3068

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-3068 Leer Qué cambió
12 de noviembre de 2001 Texto original Leer

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