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Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería.

En vigor Ministerio de Sanidad y Consumo · Publicada el 9 de noviembre de 2001 · Último cambio el 9 de agosto de 2004 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
  3. Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
  4. Disposición final única. Entrada en vigor.
  5. Firma
  6. ANEXO
  7. TÍTULO I
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 1. Naturaleza de los Colegios Profesionales de Enfermería.
  10. Artículo 2. Fines de los Colegios Profesionales de Enfermería.
  11. Artículo 3. Ámbito funcional.
  12. Artículo 4. Normas sobre honorarios profesionales.
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 5. Habilitación profesional.
  15. Artículo 6. Adquisición de la condición de colegiado.
  16. Artículo 7. Colegiación.
  17. Artículo 8. Pérdida de la condición de colegiado.
  18. Artículo 9. Derechos de los colegiados.
  19. Artículo 10. Deberes de los colegiados.
  20. CAPÍTULO III
  21. Artículo 11. Organización de los Colegios Oficiales de Enfermería.
  22. Artículo 12. Ámbito territorial.
  23. Artículo 13. Consejos Autonómicos. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  24. Artículo 14. Defensa de las funciones colegiales.
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 15. Ejecutividad e impugnabilidad de acuerdos colegiales.
  27. Artículo 16. Nulidad y anulabilidad.
  28. CAPÍTULO V
  29. Artículo 17. Premios, recompensas y condecoraciones.
  30. Artículo 18. Régimen disciplinario.
  31. Artículo 19. Faltas.
  32. Artículo 20. Sanciones.
  33. Artículo 21. Procedimiento disciplinario.
  34. CAPÍTULO VI
  35. Artículo 22. Régimen económico y financiero. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  36. TÍTULO II
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 23. Naturaleza jurídica del Consejo General.
  39. Artículo 24. Funciones del Consejo General. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 25. Órganos colegiados y órganos unipersonales.
  42. Artículo 26. La Asamblea General. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  43. Artículo 27. El Pleno. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  44. Artículo 28. Régimen de elección de los miembros del Pleno. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  45. Artículo 29. Procedimiento electoral. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  46. Artículo 30. Funciones del Pleno.
  47. Artículo 31. Régimen de funcionamiento del Pleno.
  48. Artículo 32. El Consejo Interautonómico.
  49. Artículo 33. Composición y funciones de la Comisión Ejecutiva.
  50. Artículo 34. Régimen de funcionamiento de la Comisión Ejecutiva.
  51. Artículo 35. Composición de la Comisión Permanente.
  52. Artículo 36. Funciones de la Comisión Permanente.
  53. Artículo 37. Régimen de los cargos.
  54. CAPÍTULO III
  55. Artículo 38. El Presidente.
  56. Artículo 39. Los Vicepresidentes.
  57. Artículo 40. El Secretario General y el Vicesecretario general.
  58. Artículo 41. El Tesorero y el Vicetesorero.
  59. Artículo 42. Otros miembros del Pleno.
  60. Artículo 43. Los Vocales del Pleno.
  61. Artículo 44. Medios de gestión corporativa.
  62. CAPÍTULO IV
  63. Artículo 45. Aportaciones colegiales y otros ingresos del Consejo General. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  64. Artículo 46. Régimen económico del Consejo General.
  65. CAPÍTULO V
  66. Artículo 47. Régimen disciplinario. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  67. CAPÍTULO VI
  68. Artículo 48. Ejecutividad de acuerdos y actas.
  69. Artículo 49. Régimen de impugnación de actos del Consejo General. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  70. CAPÍTULO VII
  71. Artículo 50. Fiestas y Patrón institucionales. 2 redacciones · cambió el 09/08/2004
  72. Artículo 51. Colores y emblemas institucionales.
  73. TÍTULO III
  74. CAPÍTULO I
  75. Artículo 52. Ejercicio profesional y colegiación.
  76. Artículo 53. Misión de la enfermería.
  77. Artículo 54. Cuidados de enfermería.
  78. Artículo 55. Ejercicio liberal.
  79. CAPÍTULO II
  80. Artículo 56. Ordenación de la actividad profesional hacia la excelencia de la práctica profesional.
  81. Artículo 57. Calidad sanitaria.
  82. Disposición adicional primera. Incidencia del régimen autonómico.
  83. Disposición adicional segunda. Adaptación de la estructura y del funcionamiento de los Colegios provinciales.
  84. Disposición adicional tercera. Resolución del Consejo General.
  85. Disposición transitoria primera. Cargos del Pleno del Consejo General.
  86. Disposición transitoria segunda. Agrupaciones o asociaciones de Colegios de una misma Comunidad Autónoma.
  87. Disposición transitoria tercera. Expedientes disciplinarios y recursos.