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Legislación › Ley 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

Artículo 13. Normas-marco.

Artículo 13. Normas-marco.

Las funciones señaladas en el artículo anterior serán desarrolladas a través de normas-marco que serán aprobadas por el Gobierno de Cantabria, a propuesta del Consejero competente y previo informe de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales, y regularán fundamentalmente las siguientes materias:

a) La estructura básica de los Cuerpos de Policía Local, según la población del municipio al que pertenezcan y las características especiales de los mismos.

b) La denominación y las funciones de las diversas categorías y escalas.

c) Las normas comunes de funcionamiento en cuanto a medios técnicos, retribuciones, uniformidad y medios de defensa.

d) Los criterios de selección, ingreso, promoción interna, formación, especialización y movilidad.

e) La concesión de honores y recompensas.

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