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Legislación › Ley 3/2000, de 12 de julio, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia e Implantación del Canon de Saneamiento.

Disposición adicional segunda. Plan General de Saneamiento.

Disposición adicional segunda. Plan General de Saneamiento.

Como máximo el 30 de junio de 2001, se aprobará inicialmente el Plan General de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.

Se modifica por la disposición adicional 3 de la Ley 7/2000, de 29 de diciembre. BORM-s-2000-90018.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2001 En vigor BOE-A-2000-90018 Leer Qué cambió
30 de julio de 2000 Texto original Leer

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