Legislación › Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Artículo 80. Concepto.
Artículo 80. Concepto.
1. Se entiende por transformación de los productos pesqueros el conjunto de operaciones que modifican las características físicas o químicas de los productos, con el objetivo de prepararlos para su comercialización.
2. El concepto de transformación comprende las operaciones de preparación, tratamiento y conservación.


