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Legislación › Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.

Artículo 7. Seguimiento y control.

Artículo 7. Seguimiento y control.

(Derogado)

Se deroga por el art. único del Real Decreto 863/2025, de 30 de septiembre. BOE-A-2025-19413

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-19413 Leer Qué cambió
6 de abril de 2001 Texto original Leer

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