Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
Artículo 110. Importe de las tasas aplicables a controles e investigaciones de sustancias y residuos en la leche y productos lácteos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 31 de diciembre de 2017.
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Artículo 110. Importe de las tasas aplicables a controles e investigaciones de sustancias y residuos en la leche, productos lácteos leche y ovoproductos. productos lácteos.
Para las operaciones de control e investigación de sustancias y residuos en la leche, leche y productos lácteos y ovoproductos la tarifa aplicable será de 0,02299 euros por cada mil litros de leche cruda utilizada como materia prima o por cada tonelada métrica de ovoproductos. prima.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-752 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | BOE-A-2018-801 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-2355 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-1581 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2001 | Texto original | Leer |


