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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 151. Bases y tipos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (24 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 151. Bases y tipos.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes bases y tipos:
1. Por delegación: 50 euros.
2. Por establecimiento de venta: 50 euros.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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