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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 32. Hecho imponible.

Artículo 32. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de Navarra.

Se modifica por el art. 6.2 de la Ley Foral 17/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2010-2630

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2010-2630 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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