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Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

Artículo 13. Control por las Cortes de Castilla y León.

Artículo 13. Control por las Cortes de Castilla y León.

1. (Derogado).

2. El Director general del Instituto presentará ante las Cortes de Castilla y León una Memoria durante el primer periodo de sesiones de cada año describiendo el cumplimiento de los objetivos programados y los resultados de las actuaciones realizadas durante el año vencido, para su debate en las Cortes.

Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria de la Ley 2/2006, de 3 de mayo. BOE-A-2006-10085

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2006 En vigor BOE-A-2006-10085 Leer Qué cambió
9 de mayo de 2002 Texto original Leer

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