Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Artículo 13. Control por las Cortes de Castilla y León.
Artículo 13. Control por las Cortes de Castilla y León.
1. (Derogado).
2. El Director general del Instituto presentará ante las Cortes de Castilla y León una Memoria durante el primer periodo de sesiones de cada año describiendo el cumplimiento de los objetivos programados y los resultados de las actuaciones realizadas durante el año vencido, para su debate en las Cortes.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria de la Ley 2/2006, de 3 de mayo. BOE-A-2006-10085
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2006 En vigor | BOE-A-2006-10085 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


