Legislación › Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears.
Artículo 26. Publicidad de los resultados sintéticos y básicos.
Artículo 26. Publicidad de los resultados sintéticos y básicos.
Junto con los resultados sintéticos, los resultados básicos de las estadísticas de interés de la comunidad autónoma de las Illes Balears se harán públicos necesariamente mediante formatos digitales reutilizables disponibles en las webs institucionales correspondientes; complementariamente, también se pueden utilizar publicaciones u otros vehículos de amplio alcance de soporte de información.
Se modifica por el art. único.9 de la Ley 5/2017, de 25 de julio. BOE-A-2017-10496
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-10496 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


