Legislación › Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha.
Artículo 2. Concepto de actividad estadística.
Artículo 2. Concepto de actividad estadística.
1. Se entiende por actividad estadística la obtención, recopilación y elaboración metódica de datos, su conservación, organización, comparación y análisis, así como la publicación y difusión de los datos debidamente organizados y de los resultados de los análisis realizados.
2. Se considera que una actividad tiene interés estadístico para la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha cuando está dirigida a obtener bases, datos o resultados estadísticos necesarios a los fines previstos en esta Ley.


