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Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 16 de julio de 2002 · Último cambio el 20 de diciembre de 2010 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- Artículo 2. Concepto de actividad estadística.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Elaboración de estadísticas.
- Artículo 5. Obligación de proporcionar datos.
- Artículo 6. Cooperación con las restantes Administraciones públicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Recogida de datos.
- Artículo 8. Información a las personas o entidades que suministran datos.
- Artículo 9. Forma de solicitar y suministrar los datos.
- Artículo 10. Datos que afectan a la intimidad.
- Artículo 11. Obligaciones de las personas que suministran datos.
- Artículo 12. Elaboración de estadísticas.
- Artículo 13. Homogeneidad, comparabilidad y especialidad.
- Artículo 14. Realización de tareas estadísticas mediante contratos con particulares.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Objeto del secreto estadístico.
- Artículo 16. Comunicación de datos estadísticos.
- Artículo 17. Excepciones en el secreto estadístico.
- Artículo 18. Obligación de preservar el secreto estadístico.
- Artículo 19. Conservación y destrucción de los datos amparados por secreto estadístico.
- Artículo 20. Inicio y duración del deber de secreto estadístico.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 21. Conservación de la información estadística.
- Artículo 22. Destrucción de la información estadística.
- Artículo 23. Publicación, difusión y comunicación de los resultados.
- Artículo 24. Peticiones específicas de información estadística.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Órganos que la componen. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- CAPÍTULO II
- Artículo 26. Funciones de la Consejería competente en materia estadística. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- CAPÍTULO II
- Artículos 27 a 33
- Artículo 27. Personalidad jurídica y capacidad de obrar.
- Artículo 28. Funciones.
- Artículo 29. Órganos del Instituto.
- Artículo 30. Director del Instituto. Carácter y funciones.
- Artículo 31. Régimen económico y financiero.
- Artículo 32. Régimen de Personal.
- Artículo 33. Actos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 34. Unidades estadísticas de las Consejerías. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- CAPÍTULO IV
- Artículo 35. Creación, funciones y composición. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- CAPÍTULO V
- Artículo 36. El Consejo Regional de Estadística. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- Artículo 37. Composición y funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- CAPÍTULO VI
- Artículo 38. Colaboración con las Corporaciones Locales.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 39. Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha.
- Artículo 40. Programas Anuales de Estadística.
- Artículo 41. Otras estadísticas. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 42. Infracciones.
- Artículo 43. Responsables de las infracciones.
- Artículo 44. Infracciones de los obligados a prestar colaboración.
- Artículo 45. Infracciones de los que realizan actividad estadística.
- CAPÍTULO II
- Artículo 46. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 47. Competencia y procedimientos sancionadores. 2 redacciones · cambió el 20/12/2010
- Artículo 48. Prescripción.
- Artículo 49. Otras responsabilidades.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda. 3 redacciones · cambió el 20/12/2010
- Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley 14/2001, de 14 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2002. 2 redacciones · cambió el 30/12/2002
- Disposición adicional cuarta. Régimen de gestión del personal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. 2 redacciones · cambió el 30/12/2002
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]


