Legislación › Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
Artículo 43. Del Observatorio Regional sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
Artículo 43. Del Observatorio Regional sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
(Derogado)
Se doroga por la disposición derogatoria única.h) y anexo de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. BOE-A-2011-8629.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-8629 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 2002 | Texto original | Leer |


