Legislación › Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León.
Artículo 107. Apoyo post-adopción.
Artículo 107. Apoyo post-adopción.
La Administración de la Comunidad Autónoma fomentará las actuaciones de apoyo dirigidas a los adoptantes, a los adoptados y a las familias biológicas, prestándose particular atención a las personas que hayan adoptado a menores con características o necesidades especiales.


