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Legislación › Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León.

Artículo 143. Sanciones principales.

Artículo 143. Sanciones principales.

Las infracciones tipificadas en los artículos 140 a 142 serán sancionadas de la forma siguiente:

a) Las infracciones leves, con amonestación por escrito o multa de 300,01 a 4.000 euros.

b) Las infracciones graves, con multa de 4.000,01 a 50.000 euros.

c) Las infracciones muy graves, con multa de 50.000,01 a 500.000 euros.

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