Legislación › Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León.
Artículo 41. Participación de entidades.
Artículo 41. Participación de entidades.
1. En el desarrollo de los programas de carácter preventivo podrán participar entidades privadas, instituciones, asociaciones y fundaciones.
2. Las Administraciones Públicas de Castilla y León establecerán mecanismos de ayuda para que las entidades colaboradoras reconocidas presten los servicios de apoyo y asistencia técnica que sean precisos para la adecuada ejecución de las actuaciones preventivas.


