Legislación › Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León.
Artículo 42. Fomento y coordinación de actuaciones.
Artículo 42. Fomento y coordinación de actuaciones.
1. Las Administraciones Públicas de Castilla y León desarrollarán y fomentarán las actuaciones preventivas en sus respectivos ámbitos territoriales y competenciales de acuerdo con los principios y criterios señalados en el artículo 39.1.
2. Para la ejecución de las acciones de carácter preventivo se articularán a nivel local los mecanismos de coordinación precisos entre todas las instancias participantes y en particular con las Entidades Locales, los Centros de Acción Social, las instituciones educativas y sanitarias y el resto de los sistemas de protección.


