Legislación › Ley 6/2002, de 25 de junio, de Estadística de la Región de Murcia.
Artículo 4. Principios rectores de la actividad estadística pública.
Artículo 4. Principios rectores de la actividad estadística pública.
La actividad estadística regulada por la presente Ley se regirá, con carácter general, por los principios de interés público, transparencia, proporcionalidad, especialidad, homogeneidad, rigor y corrección técnica, respeto a la intimidad, difusión y publicidad de resultados, secreto estadístico, conservación y custodia de la información, obligatoriedad de suministro de información y cooperación entre las Administraciones Públicas.


