Legislación › Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)».
Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Los diplomas de español como lengua extranjera (DELE) podrán ser obtenidos por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas de examen establecidas.
Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. BOE-A-2015-12047.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-12047 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2002 | Texto original | Leer |


