Legislación › Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)».
Disposición adicional primera. Acceso a las escuelas oficiales de idiomas.
Disposición adicional primera. Acceso a las escuelas oficiales de idiomas.
Los diplomas de español nivel A2 y nivel B1 darán derecho, respectivamente, al acceso al nivel Intermedio y al nivel Avanzado de las enseñanzas de régimen especial de español como lengua extranjera de las escuelas oficiales de idiomas.
El diploma de español nivel B2 dará derecho al acceso a los cursos especializados de español como lengua extranjera de los niveles C1 y C2 que organicen las escuelas oficiales de idiomas.
Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. BOE-A-2008-4727.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de marzo de 2008 En vigor | BOE-A-2008-4727 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2002 | Texto original | Leer |


