Legislación › Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de Cooperación al Desarrollo.
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
Recursos de la Administración de la Generalidad destinados a la cooperación al desarrollo la Administración de la Generalidad ha de aumentar gradualmente las aportaciones destinadas a la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional hasta alcanzar la aportación del 0,7 por 100 de sus ingresos corrientes incondicionados, en los Presupuestos para el año 2010, como máximo.
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