Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.
Disposición adicional primera. Registros.
Disposición adicional primera. Registros.
Reglamentariamente se establecerá el contenido de los Registros de Asociaciones de Comerciantes y de Ventas Especiales, así como los requisitos para la inscripción en los mismos.


