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Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.

Disposición adicional primera. Registros.

Disposición adicional primera. Registros.

Reglamentariamente se establecerá el contenido de los Registros de Asociaciones de Comerciantes y de Ventas Especiales, así como los requisitos para la inscripción en los mismos.

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