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Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.

Disposición adicional segunda. Infracciones y sanciones.

Disposición adicional segunda. Infracciones y sanciones.

Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley que constituyan un acto ilícito en materia de defensa del consumidor y usuario, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Se modifica por el art. 1.22 de la Ley 2/2010, de 4 de mayo. BOE-A-2010-8555.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-8555 Leer Qué cambió
7 de marzo de 2002 Texto original Leer

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