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Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, por la que se establecen las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.
En vigor Ministerio de Ciencia y Tecnología · Publicada el 4 de abril de 2002 · Último cambio el 27 de julio de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Primero. Objeto. 2 redacciones · cambió el 03/02/2009
- Segundo. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Tercero. Protección de datos personales.
- CAPÍTULO III
- Cuarto. Descripción del servicio.
- Quinto. Títulos habilitantes.
- Sexto. Suministro de información a los usuarios. 3 redacciones · cambió el 27/07/2023
- Séptimo. Principio de no-discriminación.
- Octavo. Numeración, acceso e interconexión. 2 redacciones · cambió el 05/07/2013
- Noveno. Acceso al servicio, establecimiento de precios, duración máxima de llamada y locución telefónica. 5 redacciones · cambió el 27/07/2023
- Noveno bis. Facturación.
- Décimo. Derechos de obtención de los datos relativos a los abonados del servicio telefónico disponible al público.
- Undécimo. Prestación de facilidades que aporten un mayor valor añadido al servicio. 4 redacciones · cambió el 27/07/2023
- CAPÍTULO IV
- Duodécimo. Atribución del código «1003».
- Decimotercero. Atribución del código «118». 2 redacciones · cambió el 05/07/2013
- CAPÍTULO V
- Decimocuarto. Datos a facilitar por los operadores a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
- Decimoquinto. Datos a suministrar por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. 2 redacciones · cambió el 03/02/2009
- Disposición adicional primera. Datos que deben figurar en la guía telefónica incluida en el ámbito del servicio universal de telecomunicaciones, a la que se refiere la Orden de 21 de diciembre de 2001, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, por la que se regulan diversos aspectos del servicio universal de telecomunicaciones.
- Disposición adicional segunda. Modificación de la Orden de Autorizaciones Generales.
- Disposición adicional tercera. Condiciones de calidad de servicio aplicables a los proveedores del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado. 2 redacciones · cambió el 31/03/2006
- Disposición transitoria primera. Datos del operador designado para la prestación del servicio universal de telecomunicaciones.
- Disposición transitoria segunda. Números cortos distintos de los previstos en esta Orden.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


