Legislación › Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 89. De las disposiciones administrativas de carácter general.
Artículo 89. De las disposiciones administrativas de carácter general.
1. Las disposiciones administrativas de carácter general tendrán el rango del órgano que las hubiere aprobado y su orden en la jerarquía normativa se ajustará al de los órganos de que dimanen.
2. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar lo preceptuado en otra de igual o superior rango.


