Legislación › Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.
Artículo 87. Estructura.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2002 y la del 12 de febrero de 2005.
Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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Artículo 87. Estructura.
El Servicio Riojano de Salud se estructura en los siguientes órganos: máximos órganos de dirección:
1. De gobierno:
a) El Presidente, que lo será el titular de la Consejería competente en materia de salud.
b) El Consejo de Administración.
2. De dirección y gestión: c) El Gerente.
a)
b) Los Gerentes de Área.
3. De participación: Los órganos de participación se identifican en todos sus términos con los órganos de participación del Sistema Público de Salud de La Rioja regulados por el título IV de la presente Ley y sus normas de desarrollo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de febrero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-3427 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2002 | Texto original | Leer |


