Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.
Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley.
Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley.
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».


