LexTotal

Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.

Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley.

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

← Disposición final primera Índice