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Legislación › Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón.

Disposición transitoria octava. Validez de las licencias concedidas de conformidad con la legislación vigente.

Disposición transitoria octava. Validez de las licencias concedidas de conformidad con la legislación vigente.

Las licencias de caza otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley mantendrán su validez hasta el fin de su periodo de vigencia.

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