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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 136. Sujeto pasivo.

Artículo 136. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la expedición de los títulos y certificados o la participación en las pruebas para los que se regulen cuotas en el artículo 138.

Se modifica por el art. 18 de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. BOE-A-2013-665

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1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-665 Leer Qué cambió
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