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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 172. Autoliquidación e ingreso.

Artículo 172. Autoliquidación e ingreso.

La cuota por solicitud de concesión de la etiqueta ecológica se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento en que éstos formulen la solicitud que inicie el procedimiento.

Se modifica por el art. 2.15 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre. BOE-A-2015-1117

Se añade por el art. 17 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-2394

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-2394 Leer

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