Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 204. Cuotas.
Artículo 204. Cuotas.
La tasa por la evaluación o emisión de informe de cada figura contractual se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) Si la tramitación en alguna de las fases de procedimiento se hace de manera presencial: 55,00 euros.
b) Si la tramitación de todo el procedimiento se hace de forma telemática: 50,00 euros.
Se modifica por el art. 2.6 de la Ley 7/2015, de 30 de diciembre. BOE-A-2016-1884
Se añade por el art. 23 de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. BOE-A-2013-665
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-665 | Leer |


