Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 204. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 1 de enero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 204. Cuotas.
La tasa por la evaluación o emisión de informe de cada figura contractual se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) si Si la tramitación en alguna de las fases del de procedimiento se hace de manera presencial: 170,00 €. 55,00 euros.
b) si Si la tramitación de todo el procedimiento se hace de forma telemática: 160,00 €. 50,00 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-665 | Leer |


