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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 52. Sujeto pasivo.

Artículo 52. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten y obtengan las actuaciones administrativas constitutivas del hecho imponible.

Se modifica por el art. 7 de la Ley 11/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-839

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1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-839 Leer Qué cambió
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