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Legislación › Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud.

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta.

Las plazas de funcionarios adscritos a casas de socorro quedan amortizadas automáticamente una vez quede establecida la relación de puestos de trabajo de la Agencia de Protección de la Salud. Las personas titulares de las mismas tienen el derecho de opción según corresponda, de acuerdo con las disposiciones transitorias de la presente Ley.

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