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Legislación › Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio, por la que se regula las retribuciones complementarias por servicios de guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Decimotercero. Guardia semanal de disponibilidad en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y Fiscalía Especial para la Represión del Tráfico ilegal de Drogas.

Decimotercero. Guardia semanal de disponibilidad en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y Fiscalía Especial para la Represión del Tráfico ilegal de Drogas.

Para la atención puntual de cualquier incidencia que pudiera presentarse fuera de la jornada de trabajo establecida legalmente, se establecerá en el ámbito de la Audiencia Nacional y Fiscalía Especial para la Represión del Tráfico Ilegal de Drogas un servicio de guardia de disponibilidad de periodicidad semanal, constituido por un funcionario en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y un funcionario en la Fiscalía Especial para la Represión del Tráfico ilegal de Drogas.

Por la realización de estos servicios de guardia de disponibilidad, se acreditará a cada funcionario que lo preste 220,59 euros por guardia semanal.

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